JUICIO POR JURADOS

JUICIO POR JURADOS

JUICIO POR JURADOS

143 y 740, los DNI sorteados para ser jurados en 2018

Quienes tengan esa terminación del documento, y sean de la provincia, podrían ser llamados para ser jurado popular.

Los ciudadanos bonaerenses cuyos documentos de Identidad finalicen en 143 y 740 están en condiciones de integrar los juicios por jurados en la provincia de Buenos Aires durante el año 2018.

Así se desprende del sorteo realizado ayer en el Instituto de Loterías y Casinos por el ministerio de Justicia provincial.

¿Qué es ser jurado?:

Los tribunales populares se conforman de un juez, doce ciudadanos jurados titulares y seis suplentes, y actúan únicamente en casos de delitos graves, cuya pena sea mayor a los 15 años de prisión.

Participar del proceso es obligatorio por tratarse de una “carga cívica” y los civiles reciben una remuneración económica; mientras que los imputados tiene derecho a renunciar a la aplicación del juicio por jurado.

Requisitos para ser jurado:

-Ser argentino, nacido o naturalizado con no menos de cinco años de ciudadanía.

-Tener entre 21 y 75 años.

-Entender “plenamente” el idioma nacional.

-Estar “en pleno ejercicio de los derechos ciudadanos”.

-Gozar de aptitud física y psíquica suficientes para el desempeño..

No pueden serlo:

-Personas que desempeñen cargos públicos por elección popular o con rango equivalente o superior a Director, en el Estado Nacional, Provincial o Municipal, o en entes públicos autárquicos o descentralizados, ni los representantes de órganos legislativos de los tres estamentos.

Tampoco los funcionarios o empleados del Poder Judicial Nacional o Provincial, integrantes en servicio activo o retirados de las fuerzas de seguridad, del Servicio Penitenciario, directivos de agencias de seguridad privada y cesanteados o exonerados de la administración pública nacional, provincial o municipal.

Además estarán inhabilitados para ser jurado los abogados, escribanos y procuradores, los condenados por delito doloso, los imputados que se encuentren sometidos a proceso penal en trámite, los ministros de un culto religioso y las autoridades directivas de los partidos políticos.